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*Por incurrir en prácticas contrarias a las disposiciones normativas vigentes*
La Secretaría de Movilidad y Transporte (SMyT) canceló las constancias de registro a dos gestores autorizados, quienes realizaban trámites vehiculares ante esta dependencia estatal, quedando imposibilitados de solicitar nuevamente su registro ante esta dependencia y la Secretaría de Finanzas (SF) por un término de 5 y 2 años, respectivamente, por incurrir en prácticas contrarias a las disposiciones normativas vigentes.
Con fecha 13 de marzo de 2024, la SF expidió la constancia número 010-C/03/2024 como gestor autorizado a Sergio N., quien cumplió los requisitos establecidos en los Lineamientos que establecen el procedimiento de registro y operatividad para la gestión de negocios en los trámites administrativos vehiculares realizados ante la SF y la SMyT.
Sin embargo, dicho gestor, al solicitar un certificado de no infracción, ingresó documentación apócrifa, lo que motivó la cancelación de dicha constancia, razón por la que esta persona queda imposibilitada para solicitar nuevo registro como gestor autorizado por un término de 5 años.
Además, no se le permitirá la realización de trámite alguno con dicha representación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 93 Q del Código Financiero del Estado de Tlaxcala y sus Municipios.
Por otra parte, se decretó la cancelación de la constancia número 002-C/02/2024, expedida a Israel N., el pasado 23 de febrero de 2024, toda vez que dicho gestor autorizado se desempeña actualmente en un cargo o comisión dentro del gobierno del estado.
En este sentido, en cumplimiento a la Ley de Responsabilidades, Sanciones y Estímulos de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala, todos los servidores públicos deberán de excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga un interés personal, familiar o de negocios, razón por la que queda imposibilitado de solicitar nuevo registro por un término de 2 años, y no se le permitirá la realización de trámite alguno con dicha representación.
En ambos casos, la SMyT se reserva la facultad de ejercitar, en cualquier momento, acción penal en términos de lo establecido en el artículo 93 Q del Código Financiero para el estado de Tlaxcala y sus Municipios.
De esta manera, el gobierno del estado, a través de la Secretaría de Movilidad y Transporte, refrenda su compromiso con la ciudadanía de aplicar la ley para evitar que ésta sea víctima de algún tipo de fraude o mala práctica en la que puedan incurrir estas personas en detrimento de su patrimonio.